En el marco de las operaciones de control y actualización de los Padrones municipales previstas en el artículo 78 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, es preciso realizar comprobaciones periódicas de la residencia en el municipio de Las personas extranjeras que no tienen obligación de renovar su inscripción padronal, cuando existan indicios de que hayan podido dejar de residir o su inscripción no ha variado en los últimos cinco años.
Las personas extranjeras comunitarias o con permiso de residencia de larga duración, deberán confirmar su inscripción padronal cada 5 años desde su alta en el Padrón Municipal o desde la última confirmación.
Las personas ciudadanas comunitarias o con régimen de residencia de larga duración que no figuren inscritos en el Registro Central de Extranjería, deberán confirmar su inscripción cada 2 años.
2.DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA IDENTIDAD
[1] Noruega, Islandia, Liechtestein y Suiza.
La confirmación de las personas menores de edad se realizará por las personas progenitoras que tengan su guardia y custodia o, en su defecto, por las personas representantes legales.
• Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificada por la Ley 4/1996, de 10 de enero).
• Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana.
• Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (modificado por Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre).
• Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la cual se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
• La instancia deberá ser firmada
• El trámite requiere que la persona solicitante se identifique y firme con certificado digital
• Permite solicitantes que sean personas físicas
• Permite solicitantes que sean personas físicas representadas por otra persona física