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Padrón-Confirmación Inscripción Padronal Extranjeros.

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Padrón-Confirmación Inscripción Padronal Extranjeros.

COMPROBACIÓN PERIÓDICA DE LA RESIDENCIA EN EL MUNICIPIO DE PERSONAS EXTRANJERAS QUE NO TIENEN LA OBLIGACIÓN DE RENOVAR SU INSCRIPCIÓN PADRONAL

OBJETO DEL TRÁMITE

En el marco de las operaciones de control y actualización de los Padrones municipales previstas en el artículo 78 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, es preciso realizar comprobaciones periódicas de la residencia en el municipio de Las personas extranjeras que no tienen obligación de renovar su inscripción padronal, cuando existan indicios de que hayan podido dejar de residir o su inscripción no ha variado en los últimos cinco años.

Las personas extranjeras comunitarias o con permiso de residencia de larga duración, deberán confirmar su inscripción padronal cada 5 años desde su alta en el Padrón Municipal o desde la última confirmación.

Las personas ciudadanas comunitarias o con régimen de residencia de larga duración que no figuren inscritos en el Registro Central de Extranjería, deberán confirmar su inscripción cada 2 años.

DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ADJUNTAR:

  1. SOLICITUD DE CONFIRMACIÓN. IMPRESO SOLICITUD CONFIRMACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS.(*) debidamente cumplimentado y firmado por la persona que va a confirmar.

 

      2.DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA IDENTIDAD

  • PERSONAS MAYORES DE EDAD 
    • Pasaporte.
    • Tarjeta de régimen comunitario de residencia de larga duración o Documento acreditativo de la identidad (Personas extranjeras nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el espacio económico europeo[1] o de Estados a los que, en virtud de un convenio internacional se extienda el régimen jurídico previsto para los ciudadanos de los Estados mencionados).

 

  • PERSONAS MENORES DE edad 
    • Libro de familia o Certificado literal de inscripción de nacimiento traducido (sin distinción de nacionalidad)
    • Pasaporte.
    • Documento acreditativo de la identidad (Extranjeros nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el espacio económico europeo1 o de Estados a los que, en virtud de un convenio internacional se extienda el régimen jurídico previsto para los ciudadanos de los Estados mencionados.

 

 

 

[1] Noruega, Islandia, Liechtestein y Suiza.

SI SE SOLICITA LA CONFIRMACIÓN MEDIANTE REPRESENTACIÓN POR UNA TERCERA PERSONA.

  • Se deberá de cumplimentar los datos de la persona representante del impresoSOLICITUD CONFIRMACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS”
  • Se deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (documento notarial expedido por un/a notario/a del estado español, o mediante declaración de comparecencia personal de la persona interesada y de la persona representante ante funcionariado público competente).

 

CONFIRMACIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD.

La confirmación de las personas menores de edad se realizará por las personas progenitoras que tengan su guardia y custodia o, en su defecto, por las personas representantes legales.

  • Acreditación guardia y custodia.

 

 

NORMATIVA.

•             Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.

•             Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

•             Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificada por la Ley 4/1996, de 10 de enero).

•             Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana.

•             Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (modificado por Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre).

•             Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la cual se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR.

  • IMPRESO SOLICITUD CONFIRMACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS.(*)

 

REQUISITOS DE LA INSTANCIA.

•             La instancia deberá ser firmada

•             El trámite requiere que la persona solicitante se identifique y firme con certificado digital

•             Permite solicitantes que sean personas físicas

•             Permite solicitantes que sean personas físicas representadas por otra persona física

 


 

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
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