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Solicitud de Fraccionaminto / Aplazamiento de Pago de Deudas Tributarias.

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Solicitud de Fraccionaminto / Aplazamiento de Pago de Deudas Tributarias.

PLAZO DE PRESENTACIÓN EN CUALQUIER MOMENTO DENTRO DEL PLAZO DE VOLUNTARIA DEL TRIBUTO

 

INFORMACIÓN GENERAL

¿Qué es el fraccionamiento en voluntaria? Es un sistema especial de pago de los tributos, que permite realizar ingresos periódicos a cuenta del importe total en base a los recibos en voluntaria, mediante por domiciliación bancaria con intereses en cuotas mensuales. 

 

¿Qué tributos puedo incluir en el fraccionamiento? TODOS aquellos tributos en los cuales sea la persona titular del recibo (sujeto pasivo). Es decir, IVTM, Tasa de Vados, IBI (urbana, rústica y características especiales), IAE, Tasa de recogida de Basura, Tasa de quioscos, Tasa de Mercado Exterior y Tasa Mercado Interior, Canon concesiones Administrativas, Tasa de Conservatorio y Precio Público huertos Urbanos. También pueden incluirse las autoliquidaciones y las liquidaciones de Ingreso directo.

¿Cuántos plazos hay y a partir de qué importe se puede solicitar? El sujeto pasivo no podrá elegir los plazos, estos vienen determinados por el importe solicitado a fraccionar o aplazar.

Sólo se fraccionarán deudas superiores a 400,01€ y se aplazarán deudas tributarias superiores a 1.500,00 €.

Los plazos de pago del fraccionamiento, en función del importe son:

  • Deudas entre 400,01 € y 4.000,00 €; podrán fraccionarse un máximo de seis meses.
  • Deudas entre 4.000,01 € y 20.000,00 €; podrán fraccionarse un máximo de un año.
  • Deudas superiores a 20.000,01 €; podrán fraccionarse un máximo de dieciocho meses.

Los plazos de pago de los aplazamientos, en función del importe son:

  • Deudas entre 1.500,01 € y 6.000,00 €; podrán aplazarse como máximo tres meses.
  • Deudas entre 6.000,01 € y 50.000,00 €; podrán aplazarse como máximo seis meses.
  • Deudas superiores a 50.000,01 €; podrán aplazarse como máximo doce meses.

 

¿Cómo funciona? Que la persona física o jurídica titular del recibo solicite el fraccionamiento con la solicitud normalizada de fraccionamiento debidamente cumplimentada y adjuntando la documentación necesaria. Las cuotas que se cargan son tratadas como ingresos a cuenta. La ciudadanía solicitante recibirá notificación estimando o desestimando la solicitud o en caso de necesitar subsanar la solicitud indicarán la documentación a presentar para subsanar.

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar fraccionamiento/aplazamiento? 

  • La suma del importe los recibos durante debe ser igual o superior 400,01 euros.
  • El solicitante debe ser titular del recibo o recibos en voluntaria que quiere aplazar o fraccionar.
  • En el supuesto de actuar como representante legal, que se acredite su representación.
  • No se exigen garantías para las solicitudes de fraccionamiento en periodo voluntario cuando sus importes en su conjunto no excedan de 9.000,00 € y se encuentren en período voluntario de pago.
  • La concesión del aplazamiento o fraccionamiento se condicionará a que el solicitante se encuentre al corriente del restode sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Sagunto.
  • Plazo de presentación fraccionamientos / aplazamientos: durante el plazo de voluntaria de los tributos.
  • La orden de domiciliación de las cuotas fraccionadas o aplazadas se girará el día 5 de cada mes o inmediato hábil posterior.
  • El plazo de resolución es de 6 meses: art 52.6 R.D. 939/2005 (R.G.R), y el silencio administrativo es negativo.
  • La falta de pago en los aplazamientos o fraccionamientos tendrá como consecuencias las establecidas en el art. 54 R.D. 939/2005 (Reglamento General de Recaudación)
  • Normativa aplicable: Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, (arts. 26.6, 65 y 82); Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (art. 44 a 54); Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales;
  • Ordenanza General de Recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales.

 

DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA

 

  • DNI, NIE o CIF de la persona solicitante y en caso de domiciliar en cuenta distinta a la de la persona solicitante también DNI, NIE o CIF de la persona titular de la cuenta bancaria.
  • Solicitud de fraccionamiento / Aplazamiento (adjuntar modelo).
  • Documentación que acredite la situación económica que impide el pago de las deudas:

Personas físicas: En función de las circunstancias laborales, aportar la documentación que se indica: a) última declaración del IRPF o, en su caso, certificado de la Delegación de la Agencia Tributaria, haciendo constar que no está obligada a presentar declaración. b) Certificado anual de retribuciones expedido por la empresa, certificado del SEPE, certificado expedido por Tesorería General de la Seguridad Social, una nómina etc. c) Cualquier otro documento con relevancia económica.

Personas jurídicas: Balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria anual e informe de auditoría, si existe, del último ejercicio cerrado, y balance de comprobación de sumas y saldos, si la solicitud es posterior en más de tres meses al cierre de las cuentas anuales. Dichos estados financieros deberán ir firmados por los órganos de administración de la empresa, y en caso de empresarios individuales, vendrán firmados por el titular (se deberá aportar copia diligenciada de haber presentado las cuentas en el Registro Mercantil).  Aportación de las siguientes ratios financieras: - De garantía – Solvencia a largo plazo – Solvencia corriente – Tesorería - Previsión de Tesorería.

  • Certificado bancario o documento similar donde conste el titular de la cuenta bancaria y número cuenta bancaria IBAN.
  • Acreditación de la representación, solo en caso de actuar con representante (poderes
  •  notariales).

SOLICITAR  FRACCIONAMIENTO / APLAZAMIENTO

 

https://sagunt.sedipualba.es/catalogoservicios.aspx?area=&ambito=1

 

Registro Electrónico/Presentación Instancia General

  1. Realizar registro presentando la solicitud de aplazamiento / fraccionamiento en voluntaria (adjuntar modelo) debidamente cumplimentado y firmado. No olvidar incluir carta de pago del tributo o tributos que solicita fraccionamiento, firmar la solicitud y la domiciliación incluida en la solicitud.
  2. Adjuntar la documentación preceptiva.

    3.Si cumple con los requisitos se le notificará la resolución estimatoria.

    4. En caso de no cumplir los requisitos y estos sean subsanables se le requerirá en su caso para subsanar la solicitud mediante un requerimiento y si no subsana o incumple los requisitos se realizará una resolución desestimatoria de la solicitud.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE SAGUNT - P4622200F
SAIC Sagunt
C. Camí Real, 65 | SAIC Puerto Sagunto
C. Progreso, 37
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